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La devolución será sólo para aquellos a los que se les dejó de retener el impuesto, porque los que tenían salarios más altos y siguieron tributando el impuesto pudieron conmutar los saldos a favor con las retenciones posteriores
Publicado Lunes 26 de Diciembre de 2011 en Contadores
Los empleados a los que en julio de 2010 les dejaron de retener el Impuesto a las Ganancias por la suba del 20% del mínimo no imponible y las deducciones del gravamen, podrán reclamar la devolución de lo retenido entre enero y junio del año pasado.
La devolución será realizada junto a la liquidación anual de febrero próximo. Esto es así, debido a que el Congreso aprobó una ley para avalar las modificaciones realizadas por la AFIP por simples resoluciones durante los años 2010 y 2011.
La devolución será sólo para aquellos a los que se les dejó de retener Ganancias, porque los que tenían salarios más altos y siguieron tributando el impuesto pudieron conmutar los saldos a favor con las retenciones posteriores.
Impuesto a las Ganancias
Tras la sanción por el Congreso del proyecto impulsado por el oficialismo, finalmente, los cambios consignados en las resoluciones 2.866 y 3.008 de la AFIP -que subían el piso a partir del cual se debía tributar por el año 2010 y que resultaban aplicables para el 2011- ya cuentan con el respaldo legal que les faltaba.
Asimismo, el Gobierno también está en condiciones de modificar los valores del tributo -en cuanto a las deducciones personales que fija el artículo 23 de la norma- directamente, sin pasar por el Congreso para "evitar que la carga tributaria del citado gravamen neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumidas".
En este escenario, especialistas consultados por iProfesional.com destacaron que, si bien los cambios ponen paños fríos a la situación actual, sería necesario hacer una modificación más amplia en el tributo.
Fuente: iprofesional
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