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El plan fue extendido debido al alto tráfico registrado en la página web del fisco porteño. El régimen sólo prevé la quita total de intereses cuando la empresa o el particular paguen un anticipo equivalente al 20% del monto reclamado al contado
Publicado Martes 21 de Septiembre de 2010 en Contadores
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) extendió hasta el viernes el plazo -que originalmente vencía este martes- para adherirse a la nueva moratoria.
Desde el fisco porteño explicaron a iProfesional.com que "debido a la saturación de los sistemas informáticos se aceptarán presentaciones hasta el viernes 24 de septiembre".
"Se están registrando una gran cantidad de presentaciones a último momento, lo que ha generado unimportante grado de saturación en el tráfico de datos y una sobrecarga de trabajo en los servidores de la Dirección General de Rentas", precisó una alta fuente del organismo que conduce Carlos Walter.
"Es por ello que se aceptarán las adhesiones que se realicen hasta el próximo viernes inclusive, sin modificación alguna de las condiciones establecidas en el marco legal y reglamentario vigente", concluyeron desde la AGIP.
Por lo tanto, las empresas y particulares que adeuden la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), Patentes o el Impuesto sobre los Ingresos Brutos tienen tiempo hasta el viernes que viene para acogerse al plan de pagos vigente que prevé la quita total de intereses, si se paga un 20% del monto adeudado al contado.
De acuerdo a los últimos datos brindados a este medio, ya se llevan regularizados más de $170 millones, de los cuales $50 millones ya ingresaron a las arcas del Gobierno porteño.
Con respecto a la composición de los contribuyentes que adhirieron a la moratoria porteña, desde la AGIP suministraron el siguiente detalle:
Perseguir a los evasores A fin de advertir a los contribuyentes, Carlos Walter adelantó a este medio que "saldrá a cazar a quienes no se adhirieron a la nueva moratoria porteña".
“Una vez finalizado el plazo, iremos detrás de los morosos que no aprovecharon la oportunidad”, advirtió el titular del fisco porteño.
Por lo tanto, una vez procesados los datos, se pondrá en marcha una batería de medidas que incluyen hasta el embargo y posterior remate de los bienesde los morosos porteños. Como unanticipo de lo que será la primera avanzada, Walter precisó: “Ya tenemos más de5.000 inspecciones realizadas, listas para mandar a juicio”. Pautas para adherirse a la moratoria porteña De acuerdo al marco legal vigente, las empresas y particulares sólopueden incorporar las deudas vencidas con anterioridad al 1º de enero de este año. A su vez, la moratoria contempla la quita total de intereses, si se paga un 20% del monto adeudado al contado. También se pueden incluir las deudas originadas como consecuencia de la refinanciación en planes de facilidades de pago vigentes o caducos. Asimismo, el marco reglamentario especifica que pueden acogerse a la moratoria contribuyentes declarados en concurso. La adhesión implica la renuncia al derecho de solicitar la devolución del impuesto regularizado, sus intereses y multas. En relación con las sanciones, la AGIP determinó que quedan condonadas todas las multas, siempre que las obligaciones tributarias vinculadas se hubieran cancelado o incorporado a algún régimen de regularización de deudas vigente. A su vez, la moratoria prevé el pago de la deuda en hasta 60 cuotas, que deberán superar los $50 cada una, para deudas de ABL y Patentes y $150 para las de Ingresos Brutos. Dichas cuotas vencerán los días diez de cada mes. El costo de financiación será del 1,5% mensual para los planes de 49 a 60 cuotas, de 1,25% para 37 a 48 pagos, 1% para los de 13 a 36, y de 0,75% para los de hasta 12 cuotas. También se estableció el siguiente esquema escalonado de descuentos de intereses:
Los contribuyentes que se encuentren bajo inspección podrán regularizar tales pasivos fiscales siempre y cuando se ajusten al monto reclamado por el fisco porteño. Con relacióna la caída del plan, la normativa vigenteindica que el atraso en más de 60 días corridos en el pago de una de las cuotas produce, de pleno derecho, y sin necesidad de interpelación alguna, la caducidad del régimen de facilidades. Hernán Gilardo © iProfesional.com
Fuente: iprofesional
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