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El fisco provincial ya cuenta con una reformulada reglamentación que amplía los procedimientos de control que deberán ser cumplidos por los profesionales. Expertos advierten que el marco vigente viola el derecho a la propiedad y a la intimidad
Publicado Martes 14 de Junio de 2011 en Contadores
En pos del objetivo de reforzar la recaudación, el gobierno bonaerenserecurrió a los escribanos para potenciar la avanzada fiscal que pone la mira sobre las cajas de seguridad.
En efecto, a través de laresolución 18,que se encuentra en plena vigencia, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), sumó nuevos procedimientos de control quedeberán ser cumplidosporlos escribanos y las compañías aseguradoras.
Daniel Cester, consultor tributario, explicó el marco reglamentario reformulado aiProfesional.com.
"Los escribanos públicos que autoricenactos, contratos u operaciones entre vivosalcanzados por el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes deberán exigir del contribuyente, la acreditación del envío de la correspondiente declaración jurada", precisó.
"Asimismo, losprofesionalesdeberán controlar que los datos contenidos en la declaración juradaenviada por el beneficiario coincidan con los que se consignen en la escritura a través de la cual se instrumente el acto", agregó el experto.
"Complementariamente,los escribanos no autorizarán actos alcanzados por el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, si el sujeto que pretende efectuar el acto no acredita previamente elenvío de la declaración jurada y, en su caso, el pago del tributocorrespondiente", agregó Cester.
En igual sentido, los jueces que intervengan en actuaciones judiciales y verifiquen incrementos patrimoniales a título gratuitodeberán exigir la acreditación de la presentación de la declaración juraday el pago respectivodelgravamenprevio a ordenar entregas, transferencias, inscripciones registrales u otorgamientos de posesión de bienes vinculados al impuesto.
Cajas de seguridad Con respecto a un aspecto por demás polémico, la nueva resolución advierte que "cuando haya bienes depositados en cajas de seguridad ydeba realizarse el inventario y tasación de los mismos, se requerirá al juez interviniente en el expediente sucesorio la designación de un oficial de justicia ad hoc".
Asimismo, los contribuyentes deberán notificar aARBA, con unaantelación mínima de tres días hábilesadministrativos, el lugar y la hora en que se realizará la apertura de la caja de seguridad.
Los funcionarios del fisco bonaerenseconfeccionarán un acta donde se detalle la totalidad de los bienes inventariados.
Tomás Wilson-Rae, titular del Estudio TWR Abogados, no dejó lugar a dudas: "Lamentablemente, y una vez más, la reglamentación es confusa e incompleta dado que determina quiénes participan de la apertura de la caja y quién realizará el inventario; pero lo principal es quela valuación de los bienes que allí se encuentran queda a la libre interpretación de los funcionarios de ARBA".
Gastón Vidal Quera, miembro del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, agregó que"la facultad otorgada vulnera el derecho a la intimidad y deja sin establecerqué sucederá cuando existan discrepancias entre los valoresque estiman los funcionarios de ARBA y los que consideran los titulares de los bienes depositados en los cofres". "La presencia de funcionarios del organismo recaudador provincial, junto con el titular de la caja de seguridad, para abrir y ver qué elementos se encuentran adentro,parece una facultad excesiva,en miras de un loable y necesario propósito, como es el de recaudar los impuestos", concluyó Vidal Quera.
Complementariamente, desde Errepar agregaron que "ARBApodrá designar peritos tasadorescuando fuera necesario efectuar la tasación de los bienes objeto de la transmisión gratuita y no haya tasaciones judiciales efectuadas o éstas no puedan realizarse".
"En los casos en los que se produzca la verificación del hecho imponible del impuesto, el fisco bonaerense podrá instar por las vías legalesla apertura del juicio sucesorio correspondiente",agrega la norma.
Gustavo Carreño, miembro del estudio Enrique Scalone & Asociados, aseguró que "sin perjuicio de que los bienes que podrían encontrarse en tales cajas forman parte de la base imponible del nuevo tributo provincial, se produce, con la intervención en cuestión,una manifiesta violación al derecho a la intimidad".
Con respecto al alcance del impuesto, destacó que "la facultad de ARBA para intervenir en el inventarioestará restringida a las cajas de seguridad de la Provincia de Buenos Airessólo en aquellos casos que se trate decontribuyentes domiciliados en otras jurisdicciones".
"Asimismo,dicha facultad se extiende a todas las cajas de seguridaddel país cuando loscontribuyentes se encuentren domiciliados en la Provincia de Buenos Aires", aclaró Carreño.
Por otra parte,Víctor Romero, socio del Estudio Harteneck, Quian, Teresa Gómez & Asociados, aseguró que"el polémico impuesto sigue avanzando sobre la propiedad privaday, particularmente, en conocer el contenido de los cofresde los contribuyentes".
"Se debería dar un claro mensaje para poner un límite a una administración fiscal excesiva", concluyó Romero.
Fuente: iprofesional
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