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La empresa o el partiular deberá presentar una nota acreditando el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de divisas. También tendrá que adjuntar la impresión de la respuesta emitida por el sistema del fisco nacional, en la cual conste el motivo de rechazo
Publicado Martes 8 de Noviembre de 2011 en Contadores
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció los pasos que deben cumplir las empresas y particulares que no pueden comprar dólares debido a tener una "insuficiente capacidad económica y financiera".
La flexibilización a los controles se dio a conocer a través de laresolución 3.212publicada en el Boletín Oficial de este martes. Para acceder al texto completo de la normahaga clic aquí.
La flamantenormativa establece que cuando la AFIP no autorice la compra de divisas debido a "insuficiente capacidad económica financiera", los interesados podrán regularizar su situación presentando una nota, acompañada de los siguientes elementos:
La agencia de la AFIP receptora evaluará los elementos presentados yresolverá sobre la procedenciade lo solicitado.
"Los demás motivos de inconsistencia podrán igualmente subsanarse ante la mencionada dependencia, regularizando los mismos en la forma que para cada caso corresponda", agrega la flamante reglamentación.
La nueva normaentrará en vigencia este miércoles.
Fuente: iprofesional
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