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La AFIP ya tiene todo listo para controlar de cerca las operaciones intercompany

A un mes de cumplirse el plazo para que los representantes societarios declaren los datos sobre las transacciones del segundo cuatrimestre del año, el fisco nacional apunta a intensificar el seguimiento sobre aquellas realizadas entre entidades pertenecientes a un mismo grupo económico

Publicado Viernes 20 de Agosto de 2010 en Contadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene todo listo para profundizar los controles sobre las transacciones realizadas entre empresas pertenecientes a un mismo grupo económico.

En poco más de un mes, los representantes de lasfirmas del exterior, radicadas en el país, deberán presentar la información correspondiente a lastransacciones celebradas durante elsegundo cuatrimestre del año.

Por lo tanto, una vez vencidodicho plazo, las autoridades fiscales contarán conlas herramientas para controlar de cerca los movimientos entre entidades vinculadas.

En este escenario,el organismo a cargo de Ricardo Echegaray apunta a aceitar el mecanismo de control para así potenciar el cruce de datos y direccionar las inspecciones de manera precisa. Habitualmente el representante del exterior se "olvida" de informar la operación, por ejemplo, de constitución de un fideicomiso o la compra de un bien.Sin embargo,los datos llegan al organismo recaudador, a través del escribano o del banco que participa de la operatoria.

El sistema por dentro El régimen de información, que se encuentra regulado por la resolución general (AFIP) 1375, establece que “se debe informar toda operación económica, cualquiera sea su naturaleza, aún a título gratuito, concertada entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior”. Se encuentran obligados los siguientes sujetos:

  • Los representantes —cualquiera sea la modalidad de la representación— de las empresas del exterior.
  • Quienes intervengan en dichas operaciones en calidad de prestadores de servicios, tales como escribanos, bancos, mercados de valores, compañías de seguro, casas de cambio, entre otros.

Esta información debe suministrarse cuatrimestralmente a la AFIP. Respecto al período comprendido desde el 1 demayo pasado hasta el31 de agosto próximo los datos deberán ser provistos durante mayo próximo, de acuerdo con la terminación de CUIT:

Fuente: Boletín Oficial

Una vez consolidados los registros, la AFIP potenciará las inspecciones a realizar durante el resto del año. Maniobras en la mira En cuanto a las operaciones realizadas entre empresas del mismo grupo económico, una de las mencionadas maniobras consiste en la subfacturación de ventas de filiales locales a sucursales ubicadas en países con menor presión fiscal. En ese caso, el objetivo que persiguen las empresas es reducir la ganancia que se encuentra sujeta a impuesto, ya que en la Argentina se tributa por el 35% y en otros países la alícuota llega a ser la mitad. Como ejemplo, una sucursal argentina le exporta a su par chilena autopartes a un valor menor que el habitual, y así reducen las utilidades por ventas, alcanzadas al 35% por el Impuesto a las Ganancias. Mientras que para la sucursal trasandina las autopartes integran el costo de venta de los automóviles producidos, al estar subfacturadas generan un aumento de la ganancia por la venta de los vehículos gravada con una tasa del 17% por el Impuesto a la Renta chilena. Otro mecanismo fraudulento al queapunta el fisco, está vinculado con las compañías que reciben fondos desde la casa matriz ubicada en el exterior. Las empresas "disfrazan" un indiscutible aporte de capital bajo la figura de un “préstamo” a fin de utilizarlo impositivamente. Precauciones En cuanto a los recaudos que las empresas deberán tomar, desde Deloitte aseguraron que es fundamental la correcta documentación de la operación. En ese sentido, desde la consultora señalaron que, ante la prestación de un servicio, es importante saber que “no basta con el contrato y la factura, sino que es necesario también tener un soporte que ratifique que el trabajo fue realizado”. Para los expertos, el mejor camino es “la confección de un informe donde quede expresado el motivo por el que se está pagando al exterior y el monto por el que se está cancelando en concepto del servicio recibido”. “Debe probarse también que el servicio fue efectivamente prestado y que está vinculado con la actividad desarrollada por la subsidiaria local”, agregaron desde Deloitte. También consideraron fundamental tener la documentación que respalde que las transacciones con empresas del mismo grupo o con paraísos fiscales están siendo realizadas de la misma forma que sucedería si fueran efectuadas entre partes no relacionadas.

Fuente: iprofesional.com

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