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La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó además que se le abonen los salarios caídos y $30.000 en concepto de daño moral
Publicado Miércoles 7 de Septiembre de 2011 en Abogados
La Justicia anuló este miércoles el despido de una trabajadora embarazada y ordenó a la empresa que la reincorpore en sus tareas habituales.
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó un fallo de primera instancia y consideró que en el caso se configuró "un despido discriminatorio por causa de un embarazo" a una mujer que había comunicado su estado de gravidez a la empleadora.
En su sentencia, el tribunal declaró la nulidad del despido y condenó a la empleadora a que proceda a reinstalar a la trabajadora en sus tareas habituales.
Además, mandó que se le abonen los salarios caídos y la suma de $30.000 en concepto de daño moral.
Asimiso, la Cámara consideró que la notificación fehaciente del despido se realizó una vez que finalizó el período de prueba de la trabajadora, desestimando la pretensión de la demandada para que se consideren como válidos los avisos de visita dejados anteriormente por el empleado de correo, criterio que fuera receptado por el fallo de primera instancia, recordó CIJ.
Vea el fallo completo en los documentos adjuntos de la columna derecha.
Fuente: iprofesional
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