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El incremento del haber mínimo a $1.000 haría que la categoría más baja supere los $180. El impacto sería de igual proporción que el salto en los ingresos de los pasivos. De concretarse el anuncio, los aportes se ubicarían entre $185 y 816 pesos
Publicado Miércoles 7 de Julio de 2010 en Contadores
De confirmarse la decisión del Gobierno deelevar a $1.000 la jubilación mínima, a partir de septiembre próximo,los aportes que los trabajadores independientes realizan con destino a la seguridad social -mensualmente- también se verán modificados.
En efecto, el incremento semestral, contemplado en la Ley de Movilidad Jubilatoria, haría que la categoría más baja supere los $185 y la más alta se ubique en816 pesos.
Asimismo, los trabajadores que pertenecen al segundo escalón –casi la mayoría de los contribuyentes-, comenzaríana abonar $260, mientras que ahora la suma que aportan es de 232 pesos.
Por lo tanto, una vez que la AFIP actualice el esquema de tributación, éstequedaría diagramado de la siguiente manera:
Flavia Melzi, consultora tributaria,consideró como grave “la inequidad que se generará por la falta de adecuación de los parámetros de ingresos brutos para el encuadramiento del trabajador autónomo en las diversas categorías”. “Si bien -en el último tiempo- el aporte mensual a cancelar se ha ido elevando periódicamente, respetando una cláusula de repotenciación periódica, nada se ha previsto respecto a la actualización de los montos de ingresos brutos obtenidos, base para encuadrarse en una u otra categoría”, agregó Melzi. (Lea más: Expertos impulsan proyecto para aliviar la carga fiscal de los trabajadores autónomos)
Suba en aportes de empleados De igual manera, ante el ajuste de la jubilación mínima, la remuneración tope para calcular los aportes de los asalariados se elevaría de $10.119 a $11.306. Como el descuento con destino al sistema jubilatorio es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasará a $1.242 en lugar de los actuales 1.112 pesos. Asimismo, en el nuevo esquema, se elevan los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI, que equivalen en cada caso al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinará $678 dejando atrás los $607 actuales.
Fuerte traba a descuentos en Ganancias Al pasar a $1.000, el nuevo haber mínimo jubilatorio profundiza la traba de un alivio en el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia. Puntualmente, el monto anualizado ($13.000) continúa superando el ingreso máximo anual permitido de $9.000 que permite la deducción de los familiares a cargo de los empleados. En particular, se hace referencia a padres, suegros y abuelos. Por lo tanto, ante este nuevo panorama, los empleadores seguirán sin poder descontar el monto en concepto de padres, suegros o abuelos para el cálculo de la retención de Ganancias que afecta a los sueldos de los trabajadores. A fin de evaluar la procedencia del descuento, también se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:
En este escenario, la solución al problema se encuentra en manos del Gobierno nacional, quien debería elevar el monto mínimo no imponible en Ganancias ($9.000) que no se actualiza desde 2008. Hernán Gilardo © iProfesional.com
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