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Los salarios acreditados en cuentas sueldo crecen muy por encima de la inflación

El haber promedio que surge de estas acreditaciones, que responde al circuito formal de la economía, alcanzó en marzo a los $3.124. En tanto, el crecimiento de la cantidad de cuentas prácticamente se estancó en 2009 y apenas creció el 1,8% en los últimos doce meses

Publicado Viernes 9 de Julio de 2010

Las remuneraciones depositadas en cuentas sueldo se incrementaron a un ritmo del 7,5% anual, en términos reales, desde 2005.

No obstante, pueden establecerse dos períodos claramente diferenciados:

  • El primero, queva desde ese año hasta el 2008, en el queavanzaron un 9 por ciento anual.

  • El segundo, que comprende desde2009 a la fecha, en el que la expansión se redujoal 1,8% anual, por la mayor inflación.
  • El monto promedio depositado mensualmente en las cuentas sueldo es de $3.124 corrientes, según surge de los últimos datos disponibles, publicados por el Banco Central. En elinforme elaborado por el Ieral (Fundación Mediterránea) se analizó la evolución de las cuentas bancarias abiertas en el sistema financiero local, destinadas al pago de salarios. El documento elaborado porla consultora, dirigida por Jorge Vasconcelos, señala que “los datos obtenidos, a pesar de sus limitaciones, resultan interesantes para tener una idea de la evolución del empleo, de los sueldos y del nivel de informalidad en el mercado laboral”. La serie muestra que la cantidad de cuentasque registran acreditaciones de haberes sufrieron una significativa caída durante el primer semestre de 2009 y que, a pesarde haber mostrado un leve repunte en 2010, todavía se está lejos de la trayectoria observada en años anteriores. Como se observa en el gráfico, si se toma el promedio móvil de seis meses, la cantidad de cuentas sueldo abiertas con acreditaciones creció - punta a punta - un11% en 2006, 8% en 2007 y 9% en 2008.

    El autor del trabajo, Joaquín Berro Madero, consideró: "En 2009 el incremento en la cantidad de cuentas sueldo fue casi nulo: 0,4%. Para este año, tomando las estadísticas de marzo (último dato disponible), el alza en doce meses fue del 1,8%, marcando un leve repunte respecto de la performance del año pasado". La evoluciónobedece, básicamente, a la combinación de dos factores: la variación genuinadel nivel de empleo como así también dela mayor o menor informalidad de la economía.

    Debe tenerse en cuenta que un incremento de la cantidades siempre positivo, ya que respondea un mayor nivel de empleo o bien a un “blanqueo” de los trabajadores. Contrariamente, la caída de este indicador refleja un mayor desempleo combinado, en alguna proporción, con una suba en la cantidad de trabajadores que cobran "en negro", dos fenómenos claramente negativos. La situación actual hace pensar que, en el neto, el mercado laboral se encuentra en moderada recuperación, tanto en la generación de puestos de trabajo genuinos como en el proceso de formalización de losasalariados. Evolución del Salarial Real Por su parte, el salario promedio del conjunto de cuentas sueldo bajo ha mostrado una evolución particular, medido en términos reales. tal como muestra el gráfico:

    • El salario promedio "nominal"creció más de 181% entre diciembre de 2005 y marzo 2010, al pasar de$1.112a $3.124, siempre tomando el promedio móvil de doce meses.
    • El salario promedio "real" se incrementó un 36%, al subir de$1.112a $1.507, a un ritmo del 7,5% anual.

    Asimismo,en los períodos de aceleracióninflacionaria el salario real decreció o se mantuvo congelado, tal como puede apreciarse en el próximo gráfico (véase los primeros meses de 2008 y el arranquede este año).

    En particular, los meses de febrero y marzo de 2010 reflejan variaciones negativas de –1,4% y –2,8%, respectivamente. La leymodificada recientemente A principios de julioel Banco Central reglamentó el funcionamiento de las cuentas sueldo, que impide a los bancos el cobro de comisiones por servicios. Vea la nota: “El BCRA ya reglamentó el régimen que obliga a devolver comisiones”. Mediante la Comunicación A 5091, la autoridad monetaria determinó que las mismas tendrán, entre otras ventajas, el carácter se ser gratuitas De esta forma, la entidad monetaria le dio fuerza legal en su área de incumbencia a la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 653. Al respecto, la presidenta del BCRA, Mercedes Marcó del Pont, señaló: “Esta norma permite recuperar el espíritu original de lo que debe ser una cuenta sueldo, cuya naturaleza había sido desvirtuada fuertemente durante los últimos años, lo cual provocó que los trabajadores, pensados como beneficiarios, resultaran perjudicados por el sistema". "A la vez, las nuevas disposiciones permitirán armonizar los objetivos de preservar el salario y ampliar la bancarización”, agregó. En un comunicado, el Central expuso:”En adelante, toda cuenta de depósitos en la cual se acrediten remuneraciones será considerada cuenta sueldo, independientemente de cómo haya sido abierta en el sistema financiero. Por lo tanto, las cuentas en las cuales el trabajador perciba su remuneración y que se encontraran abiertas al 14 de mayo de 2010 continuarán siendo utilizadas para acreditar haberes mediante su conversión a cuenta sueldo. En ningún caso, podrán tener saldo deudor”. Los aspectos relevantes de esta medida son:

    • No habrá límites de extracciones de efectivo ni costo alguno para el trabajador hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a su favor, incluyendo las asignaciones familiares transferidas por la ANSES y las prestaciones dinerarias por incapacidad.
    • Se admitirá la acreditación de importes correspondientes a reintegros fiscales, promocionales, comerciales o provenientes de prestaciones de salud, como así también de préstamos personales instrumentados mediante retención de haberes o débito en la cuenta.
    • La cuenta sueldo se abrirá a nombre de cada trabajador, quien tendrá la posibilidad de designar a un cotitular (cónyuge, conviviente o a un familiar directo) a fin de realizar toda operación autorizada por el titular. Para ello, se proveerá sin cargo de una tarjeta magnética al titular y otra a su cotitular.
    • Los usuarios de estas cuentas tendrán acceso a toda la red nacional de cajeros automáticos sin los costos que hoy supone utilizar terminales no pertenecientes al banco emisor de su tarjeta.
    • Las entidades no podrán cobrar cargos ni comisiones a los titulares ni a los empleadores por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, consulta de saldos y extracciones de fondos hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral, acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo.Adicionalmente, el trabajador podrá consultar sin cargo los últimos 10 movimientos de la cuenta en los cajeros automáticos del banco emisor de su tarjeta.
    • Se admite la posibilidad de contratar sobre esta cuenta servicios adicionales no derivados de la relación laboral ni comprendidos en el marco reglamentario específico de la cuenta sueldo; por ejemplo, tarjetas de crédito.
    • Las “cuentas sueldo” serán la única modalidad habilitada para que las entidades financieras puedan abrir cuentas para el depósito de los salarios. En defensa de esos usuarios, se dispone que los bancos no podrán utilizar denominaciones de cuentas que pudieran inducir a error respecto de su naturaleza.

    En forma casi simultánea, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor recordó el último lunes a los usuarios que los bancos no pueden cobrarle a los trabajadores por tener abiertas "cuentas sueldo".Y advirtió que, de no cumplirse con esta norma, los clientes pueden acudir al Organismo "para realizar los reclamos correspondientes". "Es importante que todos los trabajadores sepan que si un banco realizó un débito indebido a su cuenta sueldo con posterioridad al 14 de mayo de 2010, deberá restituir el dinero debitado. De no hacerlo, se puede presentar una denuncia", sostuvo la subsecretaria de Defensa del Consumidor, María Lucila "Pimpi" Colombo. La funcionaria destacó que "el espíritu de la ley es que la cuenta sueldo no tenga límites de extracciones ni costo alguno en todo lo referido a su apertura, mantenimiento o transferencia de fondos que realice el trabajador".

    Rubén Ramallo ©iProfesional.com

    Fuente: iprofesional

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