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Último día para cumplir con el registro online de empleadores

Este jueves vence el plazo para que las compañías porteñas brinden los datos correspondientes al año pasado. Desde el Gobierno local explicaron las claves para cumplir en tiempo y forma, luego de que fuera eliminada la polémica obligación de informar sobre las adicciones de los empleados

Publicado Jueves 15 de Julio de 2010 en Contadores

Hoy es el último día para que los empleadores radicados en la Ciudad de Buenos Aires completen el registro online impulsado por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri.

El polémico régimen, adelantado en exclusiva por iProfesional.com, fue relanzado luego de que se eliminara la obligación de informar sobrelas adicciones de los empleados. El marco legal original exigía a las empresas a revelar, por ejemplo, si un trabajador tenía problemas de alcoholismo, utilizaba drogas o era adicto a los juegos de azar.

Oportunamente, los especialistas consultados por este medio destacaron la gravedad de la iniciativa ya que constituía una verdadera violación a la privacidad. (Lea más: Macri lanzó un "Gran Hermano" en las empresas para espiar a los empleados). Datos requeridos A fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la reformulada obligación laboral, el Gobierno porteño también puso a disposición de las compañías un instructivo en donde explica las claves del cuestionado régimen queexige declarar –entre otros- los siguientes aspectos:

  • Datos generales de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT.
  • Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires.
  • Tipo de contrato de los trabajadores.
  • Lugar de residencia de los empleados.

El requerimiento recae –puntualmente- sobre los empleadores con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires así como sobre aquellos que posean establecimientos localizados en el distrito. Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del ministerio del Trabajo porteño la requiera. Complementariamente, la guía de preguntas y respuestas publicada por el Gobierno de la Ciudad aclara diversos aspectos específicos. En primer lugar, el instructivoadvirtió que los datos ingresados al sistema sólo podrán modificarse hasta que finalice el período de carga.

En igual sentido, el Ejecutivo local aclaró que si la empresa inició sus actividades durante lo que va del2010 no debe registrarse ya que los datos requeridos corresponden a los empleados que hayan trabajado durante el año pasado. Asimismo, las compañías deberán volcar los datos referidos a trabajadores con modalidad de contrato eventual que formen parte de la empresa al 31 de diciembre de pasado. Por el contrario, los pasantes no tendrán que ser informados. Igual suerte siguen los empleados que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la empresa puesta bajo la mira del Gobierno porteño. En relación al nivel de datos a declarar, el instructivo precisó que las compañías no tendrán que dardato alguno respecto a los empleados que se desempeñen fuera de la Ciudad de Buenos Aires. “Sóloconsignarán la modalidad de contratación y el sexo de los empleados que se localicen en la Ciudad de Buenos Aires”, precisó la guía.

Moratoria Por otra parte, en menos de una semana, se pone en marcha la nueva moratoria porteña. El plan, que regirá durante 45 días, permitirá que las compañías y particulares regularicen su situación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Patentes, ABL y los restantes tributos locales.

El régimen reglamentado a través del decreto 533/2010 prevé la quita total de intereses respecto a las deudas devengadas hasta el 31 de diciembre de 2009 si se paga un 20% al contado.

El pago del adelanto se debe pagar -de manera obligatoria- en cualquier sucursal del Banco Ciudad. Las cuotas restantes se pueden cancelar a través de débito automático, en los cajeros, vía homebanking o en las cadenas de pago rápido.

La adhesión a la moratoria se tramitará vía web a través del sitio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) porteña o se podrá concurrir personalmente a la sede del fisco porteño -ubicada Suipacha y Viamonte- o en algún Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC).

Asimismo, la moratoria prevé el pago en hasta 60 cuotas que deberán superar los $50 para deudas de ABL y Patentes y $150 para las de Ingresos Brutos.

El costo de financiaciónserá del 1,5% mensual para los planes de 49 a 60 cuotas, de 1,25% para 37 a 48 pagos, 1% para los de 13 a 36, y de 0,75% para los de hasta 12 cuotas.

También se permitirá la reformulación de planes vigentes y el ingreso de regímenes caducos.

El régimen establece el siguiente esquema escalonado de descuentos de intereses:

  • A quienes paguen un anticipo del 20% de la deuda se le descontarán todos los intereses.
  • A quienes paguen un anticipo del 15%, se le descontarán el 75 por ciento.
  • A quienes paguen un anticipo del 10%, se le descontarán el 50 por ciento.
  • A quienes paguen un anticipo del 5%, se le descontarán el 25 por ciento.

De esta manera, el Gobierno porteño busca aliviar la "mochila fiscal" de los contribuyentes locales.

Fuente: iprofesional.com

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