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Últimos días para cumplir con el régimen que apunta a la alta gerencia

Antes de fin de mes, las empresas deben informar su composición societaria. La información se cruzará con lo declarado en Ganancias y Bienes Personales

Publicado Jueves 22 de Julio de 2010 en Contadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obliga a detallar hasta fin de mes la composición societaria de las compañías.

El fisco nacional solicitalos datos vinculados con participaciones societarias, sobre quiénes son los apoderados de las compañías y desde cuándo vienen desarrollando de forma ininterrumpida esa función, los relativos a cuota-partes en fondos comunes de inversión y personales como nombre y apellido o CUIT, entre otros.

De acuerdo a la resolución general (AFIP) 2763, las empresas deberán suministrar hasta fines de este mes los datos identificando a los titulares de acciones al 31 de diciembre de cada año.

Para ello, la renovada norma solicita que durante la última semana de julio se informen –entre otros- los siguientes datos de los socios, accionistas, gerentes y apoderados:

  • Apellido y nombres, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Código Único de Identificación Laboral (CUIL) y domicilio.
  • Cantidad de acciones, cuotas y porcentaje de las demás participaciones sociales, y -en su caso- su valor nominal, y cantidad de cuotas parte de fondos comunes de inversión.
  • Valor de las acciones, cuotas, participaciones y cuotas parte.
  • Fecha a partir de la cual han desarrollado en forma ininterrumpida el cargo.

Las sociedades deberán transmitir la información generada mediante la transferencia electrónica de datos, a través del sitio web de la AFIP.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), explicó que “la información sobre la titularidad de las participaciones societarias a fin de cada año, permite controlar que las compañías informantes -en su carácter de responsables sustitutos de los socios- hayan cumplido con el ingreso del Impuesto a los Bienes Personales”.

Fuente: iprofesional.com

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