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El fisco porteño reformuló las causas que disparan la implementación de alícuotas diferenciales para retenciones y percepciones en Ingresos Brutos y puso la lupa sobre los agentes de recaudación. Conozca las nuevas pautas a tener en cuenta
Publicado Jueves 26 de Agosto de 2010 en Contadores
A fin de cumplir con el doble objetivo de reforzar la caja porteña yprofundizar la lucha contra la evasión, la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP), ajustó las causas que disparan la implementación de alícuotas agravadas en retenciones y percepciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
En efecto, a través de la resolución 1522 el fisco local amplió la lista de los motivos que generan que una empresa o particular sea considerado de "alto riesgo fiscal". Para acceder al texto completo de la norma haga click aquí.
De acuerdo al marco reglamentario vigente, los contribuyentes catalogados como "riesgosos" deben soportar una alícuota cercana al 3% a fin de calcular la retención o la percepción en Ingresos Brutos.
En relación a las nuevas causas, la flamante norma apunta, esta vez, a los agentes de recaudación del tributo y establece que serán considerados contribuyentes de "alto riesgo fiscal"cuando:
La nuevas pautas se sumarán a las ya existentes que condicionan la calificación fiscal de los contribuyentes en general:
Moratoria porteña Por otra parte, hasta el 21 de septiembre próximo se encuentra en plena vigencia la nueva moratoria porteña que permite regularizar todas las deudas vencidas con anterioridad al 1º de enero de este año. También pueden acogerse a la moratoria los contribuyentes declarados en concurso. Asimismo, la adhesión implica la renuncia al derecho de solicitar la devolución del impuesto regularizado, sus intereses y multas. A su vez, el régimen de facilidades prevé el pago de la deuda en hasta 60 cuotas que deberán superar los $50 para deudas de ABL y Patentes y $150 para las de Ingresos Brutos. Dichas cuotas vencerán los días diez de cada mes. El costo de financiación será del 1,5% mensual para los planes de 49 a 60 cuotas, de 1,25% para 37 a 48 pagos, 1% para los de 13 a 36 y de 0,75% para los de hasta 12 cuotas. Además, se estableció el siguiente esquema escalonado de descuentos yde intereses:
Los contribuyentes que se encuentren bajo inspección podrán regularizar tales pasivos fiscales siempre y cuando se ajusten al monto reclamado por el fisco porteño.
Fuente: iprofesional.com
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