IEFER Profesional
La AFIP comenzó a analizar la adquisición de divisas por parte de individuos que realizan operaciones incompatibles con sus ingresos
Publicado Domingo 17 de Octubre de 2010 en Contadores
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se contactó con 204.400 contribuyentes que realizaron operaciones cambiarias que no corresponden con el nivel de ingresos declarado. La estrategia busca poner de manifiesto la “inconsistencia” que se presenta entre los registros que tiene el organismo a cargo de Ricardo Echegaray. "Existe la posibilidad de que no nos cierren las compras por algún hecho que no conocemos, como, por ejemplo, si alguien recibió una donación y no llegó a declararla. Aunque también estamos viendo que hay compras en el mercado formal que se hacen con ingresos en negro, explicaron desde el organismo. Según La Nación, La AFIP cursó a 155.000 individuos cartas de "inducción"; a unos 46.000, cartas para solicitar verificaciones -esto es, que se acerquen personalmente a alguna agencia de la administración-, mientras que a unos 3.400 directamente les envió inspecciones. Esta movida, aseguraron, recién empieza: después de haber identificado las operaciones cambiarias de enero-mayo, la AFIP ya está trabajando para hacer lo mismo con las de junio y julio, por lo que se espera que otras tantas cartas se envíen en las próximas semanas. Quienes recibieron cartas de inducción, explica Curien, no deben responderlas ni presentarse ante la AFIP. En la página web del organismo se sugiere a los individuos analizar las presentaciones de los períodos fiscales vencidos, si es que han suministrado incorrectamente la información en sus declaraciones juradas o si un monotributista no se encontraba correctamente categorizado. Para los períodos fiscales vigentes, recomienda: "Considerar estas compras de moneda extranjera que la AFIP conoce al momento de realizar las presentaciones de las futuras declaraciones juradas o de realizar la recategorización cuatrimestral si usted es monotributista". De acuerdo al matutino, Curien explicó: "Si se verifica una inconsistencia, termina en un ajuste del impuesto a las ganancias o de bienes personales o de categoría de monotributo, con sus correspondientes multas e intereses". "Hasta los que reciben una inspección tienen la posibilidad de defensa del caso; la inconsistencia puede ser justificable. Nosotros tenemos indicios, no la bola de cristal", alertó.Fuente: iprofesional.com
Copyright © IEFER, 2009. Todos los derechos reservados