Fundación de Investigación y Estudios Fiscales y Económicos Regionales

Jueves 9 de Septiembre de 2010

IEFER Profesional

Necesidad de modificar el impuesto a las ganancias

El incremento de salarios afecta a trabajadores en relación de dependencia que deben pagar mas impuestos a las ganancias , y otros que deben iniciar el pago de dicho impuestos

Publicado Domingo 6 de Junio en Contadores

LA NECESIDAD DE MODIFICAR EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE CARÁCTER PERSONAL-Cuarta Categoría-

Actualmente el impuesto alcanzaría a más de 1,2 millones de empleados y unos 100 mil jubilados y pensionados.

Lic Magister Miguel A.Aquino

El pedido de modificación del impuesto a las ganancias por parte de las entidades gremiales, que tiende a beneficiar a más de 1,2 millones de trabajadores en relación de dependencia se encuentra en pleno proceso de ejecución.

Esta modificación apunta a incrementar el concepto de mínimo no imponible de tal manera que los incrementos salariales no lo transformen en sujetos del impuesto a las ganancias, para aquellos que no lo son, o que paguen mayores valores aquellos que ya lo son.

Recordemos que el mínimo no imponible actual, es el mismo valor que rige desde el año 2008, hecho éste que hace que muchos trabajadores , al recibir incrementos de salarios, o ingresen a la categoría de sujetos o deban pagar más impuestos.

Si bien la tabla de Machinea fue derogada, los valores de piso se mantienen constante, y hace que en tiempos del cobro del aguinaldo , horas extras, adicionales, y otros complementos, los trabajadores ven disminuir sus ingresos como consecuencia del impuesto a las ganancias.

En el análisis del efecto del impuesto sobre los salarios, el trabajador en determinado nivel de ingresos , prefiere no realizar horas extras ni obtener mayores adicionales, dado que el efecto impositivo podría hacer que sus ingresos superen los pisos impositivos para cada escala, y comience a pagar mayores retenciones del tributo.

Actualmente los trabadores solteros que ganas más de $ 4.015 deben tributar, al igual que el caso de los trabajadores casados con dos hijos, cuyos ingresos superen los $ 5.554.

Entre las principales deducciones habilitadas por ley al fecha , tenemos a :

Concepto

Monto deducción anual y computable en forma proporcional por mes

Mínimo No Imponible

$ 9.000

Esposa

$ 10.000

Hijo

$ 5.000

Otras cargas

$ 3.750

Servicio doméstico

$ 9.000

Desde esferas gremiales nacionales, se expresa que el Poder Ejecutivo tiene previsto estos cambios, pero analiza la oportunidad para la aplicación de la medida.

Esta situación sin dudas favorecerá a todos los trabajadores argentinos que reciban incrementos salariales , y les permitan también poder propender a obtener mayores ingresos a través de horas extras, adicionales, etc., hechos estos que hoy son gravados fuertemente al superar los niveles de piso establecidos por la ley del impuesto a las ganancias.

Fuente: www.actualidadchaco.com.ar

Copyright © IEFER, 2009. Todos los derechos reservados