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Oficializan paquete de leyes aprobadas por el Congreso la semana pasada

Entre las iniciativas se destacan los cambios en Ganancias, Ley Penal Tributaria y lavado de dinero. También se prorrogan varios impuestos

Publicado Miércoles 28 de Diciembre de 2011 en Abogados

El Gobierno oficializó el paquete de leyes enviadas por el Ejecutivo que fueron aprobadas en maratónicas sesiones durante la semana pasada.

Entre las iniciativas se destacan los cambios en Ganancias, la reformulación de Ley Penal Tributaria y el endurecimiento de las penas al delito de lavado de dinero. También se prorrogó el impuesto al cheque y se estableció un mayor control a la extranjerización de tierras. Para acceder al texto completo de las normas publicadas hoy en el Boletín Oficialhaga clic aquí.

Presupuesto La Ley de Leyes establece los siguientes lineamientos para el año próximo:

De esta manera, se proyecta una leve reducción del superávit de la balanza comercial, a u$s8.579 millones, en comparacióncon los u$s9.035 millonesque se calculó para todo este año.

Emergencia económica Por otra parte, se prorrogó nuevamente, por dos años, la ley aprobada en 2002 para afrontar la crisis por la salida de la convertibilidad, que otorga facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo.

La norma delega, entre otras cuestiones,la potestad de renegociar contratos de servicios públicos, fijar el tipo de cambio y regular precios de bienes y servicios.

Asimismo, la normativa permite al Ejecutivo ampliar y reasignar partidas presupuestarias; una facultad que es utilizada cada vez más por el Gobierno nacional.

Prórroga de impuestos El Senado también convirtió en leyla prórroga hasta fines de 2013 del impuesto al cheque. El tributo incide de distintas maneras sobre los contribuyentes -personas físicas- y empresas, de acuerdo a cómo estos se encuadran frente al tributo.

En igual sentido, el Senado prorrogóel impuestos a los cigarrillos por un añoy por cinco el cobro de derechos de exportación de derivados del petróleo. Al momento de ser votada -en general y particular-, la iniciativa consiguió 47 adhesiones afirmativas, y 22 negativas.

Impuesto a las Ganancias Tras la sanción del proyecto impulsado por el oficialismo, finalmente, los cambios consignados en las resoluciones 2.866 y 3.008 de la AFIP -que subían el piso a partir del cual se debía tributar por el año 2010 y que resultaban aplicables para el 2011- ya cuentan con el respaldo legal que les faltaba.

Asimismo, el Gobierno también está en condiciones de modificar los valores del tributo -en cuanto a las deducciones personales que fija el artículo 23 de la norma-directamente, sin pasar por el Congresopara "evitar que la carga tributaria del citado gravamen neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumidas".

Manipulación del mercado Durante la maratónica sesión del miércoles, el Congreso también aprobó el aumento de las penas para el delito de lavado de dinero cuando se utilice indebidamente información privilegiada que pueda alterar la negociación, cotización, compra, venta y liquidación de valores negociables.

Así, se incorporan al Código Penal una serie de delitos financieros que hasta ahora eran considerados infracciones administrativas, bajo el control de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Entre ellos se destacan:

  • El delito de abuso de información privilegiada, con penas de prisión de 2 a 4 años, multa e inhabilitación. "El objetivo es proteger la transparencia del mercado de valores y garantizar la igualdad de los inversores", detalló el vicepresidente de la CNV, Alejando Fardi.
  • El delito de manipulación de los valores negociables, que incluye todo lo que tiene que ver con la manipulación de precios dentro de los mercados.
  • La captación clandestina de ahorro público. Se sancionará "toda actividad de intervención financiera que no esté bajo la órbita de alguno de los regularizadores, tanto financiera como bursátil. Acá también se plantean penas de 2 a 8 años, multa e inhabilitación", sostuvo el funcionario.
  • El cohecho financiero. "Tiene que ver con aquellos sujetos que realicen operaciones para recibir una comisión indebida o para fraguar operaciones que no se hayan realizado", indicó Fardi.

Ley antiterrorista Otra iniciativa aprobada en el marco de la reforma al Código Penal es la que introduce un nuevo artículo, el 306.

En este caso, se busca castigar la financiación del terrorismo a través deuna sanción de "cinco a quince años de prisión" y "una multa de dos a diez veces el monto de la operación", para quienes "directa o indirectamente recolectaren o proveyeren bienes o dinero, a sabiendas de que serán utilizados en todo o en parte para financiar la comisión de un delito".

Asimismo, introduce en el mismo Código el artículo 41 quinques, donde el Gobierno apunta a incrementar la escala penal "en el doble del mínimo y el máximo" cuando alguno de los ilícitos previstos en esa normativa "hubiere sido cometidocon la finalidad de aterrorizar a la población".

Ley Penal Tributaria Consultada por iProfesional.com, la expertaTeresa Gómez,del estudio Harteneck, puntualizó cuáles son las modificaciones que fueron aprobadas.En este sentido, señaló que:

  • La condición objetiva de punibilidad se eleva a $400.000 para la evasión simple y $4.000.000 para la agravada.
  • Se agrega como nueva condición para esta última la utilización de facturas apócrifas y la figura del testaferro.
  • En tanto, la utilización indebida de beneficios fiscales prevé un monto de punibilidad de $800.000.
  • Se crea una nueva hipótesis delictual destinada a quienes modifiquen o adulteren sistemas informáticos y/o controladores fiscales.
  • Se elimina la extinción de la acción penal por pago.
  • No obstante, se prevé la exención de responsabilidad por presentación espontánea y voluntaria.
  • Aumenta el plazo para el dictado del acto administrativo respectivo por parte de la AFIP.
  • Se impide que se supedite la ejecución de la deuda tributaria al previo dictado de la sentencia en sede penal.
  • Se considerará, a los fines del encuadramiento normativo y aplicación de penalidades, a los casos de evasión superiores a $400.000 que resulten en un perjuicio contra las arcas provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.
  • En línea con el punto anterior, se incluye también a las provincias, en situaciones en las que el evasor:
    • Obtenga un reconocimiento, certificación o autorización para gozar de alguna exención, desgravación, diferimiento, liberación, reducción, reintegro recupero o devolución tributaria.
    • No deposite los fondos cobrados como agente de retención o percepción.
    • No ingrese el pago -parcial o total- de aportes o contribuciones (o ambas).

Estatuto del peón rural El Gobierno también oficializó el Estatuto del peón rural. El mismo establece remuneraciones mínimas queno podrán ser inferiores al salario mínimo, vital y móvil.

Además, establece un nuevo sistema previsional para el sector, prohíbe el trabajo infantil y el pago en una moneda distinta a la del curso legal. Por otra parte, dispone la disolución del RENATRE, un ente autárquico de derecho público no estatal, y lo reemplaza por el RENATEA, dependiente del Ministerio de Trabajo.

Límites a la venta de tierras y Papel Prensa El Gobierno tambén oficializó la ley que fija límitesa la venta de tierras a extranjeros. La otra norma oficializada es la que busca regular la producción de papel de diarios.

En este sentido, la primer ley fija en un 15% el territorio permitido para la posesión foránea. De dicha cifra no podrá haber más de un 30% en poder de personas físicas o jurídicas de la misma nacionalidad. Cada extranjero no podrá tener en su haber más de 1.000 hectáreas o superficie equivalente en la zona núcleo determinada por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales.

En tanto, en el caso de Papel Prensa, se declaró de "interés público" la producción y comercialización del papel para diarios y revistas, y se estableció una exigencia para que Papel Prensa abastezca a todo el mercado interno. Por lo tanto, el Estado podrá licuar las acciones de los privados, vía aportes unilaterales de capital, y aplicar multas y ordenar la clausura.

Fuente: iprofesional

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