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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció los pasos que deben cumplir las empresas y particulares que no pueden comprar dólares debido a tener una "insuficiente capacidad económica y financiera".
Publicado Miércoles 9 de Noviembre de 2011 en Contadores
La flexibilización a los controles se dio a conocer a través de la resolución 3.212 publicada en el Boletín Oficial de este martes. La normativa establece que cuando la AFIP no autorice la compra de divisas debido a "insuficiente capacidad económica financiera",los interesados podrán regularizar su situación presentando una nota, acompañada de los siguientes elementos: • La impresión de la respuesta emitida por el sistema,en la cual conste dicho motivo, y • La documentación fehaciente que acredite el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de la moneda extranjera, observada.
La agencia de la AFIP receptora evaluará los elementos presentados yresolverá sobre la procedencia de lo solicitado. "Los demás motivos de inconsistencia podrán igualmente subsanarse ante la mencionada dependencia, regularizando los mismos en la forma que para cada caso corresponda", agrega la flamante reglamentación. La nueva norma entrará en vigencia este miércoles.
Fuente: iprofesional
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