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Los argentinos que en estas vacaciones necesiten enviar divisas para pagar la reserva de un inmueble o un hotel, el alquiler de un auto o el pago de cualquier otro servicio en su lugar de destino sólo podrán hacerlo desde el país solicitándole permiso al fisco. Acceda al texto completo de la norma
Publicado Viernes 30 de Diciembre de 2011 en Contadores
Los argentinos que en estas vacaciones necesiten enviar dólares al exterior para pagar la reserva de un inmueble o un hotel, el alquiler de un auto o el pago de cualquier otro servicio en su lugar de destino sólo podrán hacerlo desde el país solicitándole ?también en esta ocasión? el permiso a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La nueva restricción tendrá vigencia a partir del lunes y fue dispuesta este jueves por el Banco Central (BCRA) a través de la Circular ?A 5261. Para acceder al texto completo de la normahaga clic aquí. La normativa, dirigida a entidades financieras y casas de cambio, establece que ?se requerirá la previa validación en el programa de consulta de operaciones cambiarias implementado por la AFIP? cada vez que se desee ?cursar por el mercado local de cambios las ventas de moneda extranjera a clientes en concepto de turismo y viajes?. La norma contemplasólo tres excepciones: para los bancos, por las transferencias al exterior que deben hacer para pagar los consumos realizados por los argentinos con tarjetas de crédito en el lugar de destino y por retiros de cajeros en el exterior con débito a cuentas locales; para las ventas de dólares a los ?no residentes? y para los ?operadores de turismo y viajes que están registrados como tales ante la AFIP?. Gustavo Giraldez, director de ZonaBancos.com, explicó que "la medida ?no cambia nada? de lo que está en vigencia". ?
Hasta el momento, el código del concepto turismo y viaje estaba librado a la consulta del cliente, y no requería validación?.
Fuente: iprofesional
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