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La prestadora de energía debe resarcir a la pareja en concepto de daño "moral y material" porque no pudieron llevar adelante la fiesta que habían planeado
Publicado Viernes 9 de Septiembre de 2011 en Abogados
La Cámara Civil y Comercial Federal condenó a una empresa distribuidora de energía eléctrica a indemnizar con $20.000 a una pareja que no pudo casarse porque se cortó la luz. Los camaristas entendieron que el prestador debe resarcirlos en concepto del "daño moral y material" que les causó el corte de luz a la pareja por no poder disfrutar del casamiento por iglesia y la posterior fiesta. Entre otros punto, el fallo contempla el estado de incertidumbre que pasaron los cónyuges ya quecon el correr de las horas la luz no volvíay no pudieron llevar adelante sus planes. De acuerdo a la sentencia, ese día hubo un incendio en la Subestación eléctrica Perito Moreno queprovocó un corte de luz que duró hasta las 4.20. La mujer tuvo que bajar los seis pisos por escalera para ir a la iglesia, donde tampoco había electricidad. Los jueces confirmaron una resolución de primera instancia por entender que la empresaes responsable según el contrato de concesión por daños"causados a terceros o a los bienes de propiedad de éstos como consecuencia de la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones asumidas". Los camaristas Martín Farrel y María Najurieta destacaron quela empresa no logró acreditar ninguna causa que justifique el corte de luzy que la "exonere de su responsabilidad en el incumplimiento de las obligaciones asumidas". Los jueces entendieron que la pareja no pudo gozar en plenitud la ceremonia religiosa, tampoco la fiesta en el salón de un club que alquilaron ya que lo hicieron "encondiciones muy diferentes a las programadas o pactadas". "No hay duda posible de que elnormal desarrollo de la fiesta se vio afectado por el corte del suministro eléctricoy más aún si se considera la situación de los actores protagonistas de una de las noches más importante de sus vidas", relata una parte del fallo. La pareja había pedido inicialmente $241.897: "la sentencia hizo lugar al reclamo por un monto que asciende a $27.820", de los cuales $7.820 para resarcir el daño material y $10.000 por daño moral que le corresponde a cada uno. Los indemnización incluye el pago de la mitad del costo del salón, parte del vestido de novia -que no pudo lucirse por falta de luz-, también el maquillaje, el servicio de catering, un porcentual del costo de fotos y video por un total de $4.200. La empresa deberá afrontar una suma de $500 que la pareja le pagó al DJ, que por el apagón no pudo pasar ni un tema.
Fuente: iprofesional
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