Concepto de libertad

DOCTORADO EN DERECHO PUBLICO , POLITICA Y GOBIERNO

FUNDAMENTOS FILOSOFICOS DEL DERECHO CONSTITUCIONA

TEMA: LIBERTAD POSITIVA Y NEGATIVA. UNA VISION PRAGMATICA

Lic. Mgter. MIGUEL A. AQUINO

 

I) INTRODUCCION SOBRE EL CONCEPTO DE LIBERTAD

Cuando hablamos de libertad, nos estamos refiriendo a que la persona con la capacitad de la autodeterminación de la voluntad, que le posibilita actuar como desea. En esta idea, la libertad suele ser denominada “libertad Individual”.

Este mismo término de libertad se relaciona también con el término de soberanía de un país cuando este se refiere a la libertad nacional, se puede extender este concepto a la libertad tradicional ,  que considera a ésta como la libertad civil o policía.

En el caso de considerarse la libertad, desde un punto de vista del concepto moderno, éste incluye el universo de derechos individuales como la igualdad de oportunidades, igualdad de derechos, igualdad ante la ley, etc.

 

II) CONCEPTO DE DOMINACION

            Desarrollaremos los dos aspectos de la libertad, una positiva y otra negativa, no obstante queremos ensayar una definición sobre “dominación”.

            Por ello decimos que una personas domina a otra, si y sólo,  si tiene un cierto poder sobre la otra persona, digamos un poder de interferencia.

            Es decir una persona tiene potestad sobre otra, y esa potestad es arbitraria.[1]

            Entonces vemos que tenemos tres aspectos a considerar, en una relación de dominación:

1.      tiene capacidad para interferir

2.      de un modo arbitrario

3.      en determinadas elecciones que el otro pueda realizar

En el primer caso no se trata obviamente de comprar una voluntad, un soborno, se trata de interferir para empeorar la condición de vida de esa persona.

Esta interferencia tiene que ser intencional, no puede darse en forma casual, por ejemplo cruzarme en la lucha por la posesión de algún bien ocasionalmente.

Esta interferencia incluye la coerción física corporal, a través de una restricción u obstrucción, la amenaza, el castigo, etc.

Esta interferencia a las que hacemos mención  no es de carácter moral mas bién apunta a perjudicar a otro u otros.

La segunda opción nos habla de que se debe dominar a otro en forma plena, es decir que las personas dominantes tengan capacidad para interferir al otro de modo arbitrario.

            Valga el ejemplo de que cuando decimos que un acto de interferencia fue realizado de modo arbitrario, ello implica , que el agente ejecutor lo realizó a su voluntad en un claro dominio de la situación.

            El acto de interferencia puede ser arbitrario en el sentido procedimental , sin que sea arbitrario en el sentido substantito de que vaya realmente en contra de los intereses de las personas afectadas.

            En la tercera condición de la dominación, lo mas importante que debemos decir es que se tratan de determinadas elecciones, no todas las elecciones.

            Esto clarifica el hecho de que alguien puede dominar a otro en cierto ámbito de elección, en cierto aspecto de la vida o relaciones, sin conseguir dominarlo en todos los aspectos o esferas de la vida.

            Entonces podemos decir que de darse estas tres condiciones, ellas son suficientes para que exista dominación, aunque solo limita a un determinado aspecto de la concepción de la propia libertad.

            La dominación trae aparejada una conciencia de control por parte del mas fuerte, del poderoso; la consciencia de vulnerabilidad por parte del individuo que es sometido y la conciencia recíproca del que somete.

            Existen diferentes situaciones que se puedan a lo largo de la confluencia de estos tres aspectos de la dominación.

            En algunas circunstancias podemos hablar de dominación sin interferencia.

            Se puede dar el caso que la persona que ejerce la dominación sobre otra, no interfiera sobre ella realmente en la vida del dominado, no es necesario que la persona que disfruta de este poder tenga la menor inclinación a interferir.

            Lo que si realmente importa es que quien detenta poder, tiene capacidad para interferir arbitrariamente , aun si nunca pueda llegar a ejercerla.

            En otra relación, se puede llegar a dar que existe interferencia sin dominación, al igual que como destacamos podría darse el caso de dominación sin interferencia.

            El autor trae como ejemplo el caso de que el policía, el juez o el carcelero, pueden practicar una interferencia no-dominante, siempre que funcione eficazmente un ordenamiento constitucional rectrictor.

            Finalmente puede darse el caso de que exista una ausencia de dominación, es decir ausencia de dominación  en presencia de otros agentes, el estatus que va con una vida social en la que nadie domina a nadie.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

III)DOS CONCEPTOS DE LIBERTAD

Compartiendo el  pensamiento de Isaiah Berlin[2], podemos analizar el concepto de libertad desde dos puntos de vista, un concepto de libertad positiva y un concepto de libertad negativa.

En el caso de esta última concepción, es la que aparece en la repuesta que contesta a la pregunta :¿Cómo es el espacio en el que al sujeto-una persona o un grupo de personas-se le deja o se la ha de dejar que haga o sea lo que esté en su mano hacer o ser, sin la interferencia de otras personas?

En cuanto a  la libertad positiva, responde a la pregunta:”Qué o quién es la causa de control o interferencia que puede determinar que alguien haga o sea una cosa u otra?.

Como bien lo menciona Berlin (1) las dos preguntas son claramente distintas , aunque las repuestas puedan solaparse, e incluso confundirse entre ambas.

Esta noción sobre la libertad positiva y libertad negativa nos indica la situación de “libertad” en la que desarrolla su vida el hombre, donde busca en forma permanente , estar en un ámbito de mínima interferencia para poder desarrollarse en su plenitud.

En esta idea, por una parte, el hombre debe actuar sin ser presionado por “elementos” externos, y por otro, actuar sin que la causa de control determine que debo hacer o dejar de hacer.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IV)EL CONCEPTO DE LIBERTAD NEGATIVA

Cuando decimos que somos libres, lo expresamos en el sentido de que ninguna persona o grupos de personas interfieren en mi normal desenvolvimiento, es decir en mi actividad cotidiana.

En este sentido, la libertad de tipo política, está referida, en forma sencilla, al espacio físico en el que el hombre puede actuar sin tener impedimento alguno, más que nada, el hombre puede actuar sin ser obstaculizado por otros.

Si por el contrario, algunos me impiden  emprender una acción que antes podía llevarla a cabo sin obstáculo, entonces, no caben dudas de que soy menos libre que antes; pero si ese impedimento supera ampliamente esta etapa y llega hasta niveles más allá de lo admisible.

Entonces, puedo decir que estoy siendo coaccionado o incluso, hasta esclavizado.

Esta expresión que nos aparece indicando una acción contraria a mi voluntad, representada como coacción, implica una interferencia deliberada de otras personas dentro de un espacio, en cuyo ámbito, si esta acción no existiera, yo podría actuar libremente.

Parafraseando a Berlín,  podemos decir que: “Solo se carece de libertad política cuando son seres humanos los que me impiden alcanzar un fin. La impotencia para alcanzar un fin no indica falta de libertad política”

Esta  última reflexión nos está indicando que cuando el hombre, que se encuentra en un estado de absoluta libertad, y como consecuencia de su propia acción, libre , determinada , voluntaria, pero cargada de impotencia , no logra su fin, no está sujeto a un estado de no-libertad.

Este autor nos otorga un claro ejemplo sobre la perdida de la libertad política,  sobre todo en el uso de la expresión muy empleada de “libertad económica” y su contrapartida “ esclavitud económica”.

En la intención de una clarificación de ello podemos decir que si un hombre fuera tan pobre que no tuviera recursos para comprarse algo que no está prohibido, como por ejemplo, un trozo de pan, entonces se encuentra en un estado que tiene la misma libertad que si la ley se lo prohibiera.

Por el otro lado, si el tuviera un impedimento de tipo físico, por ejemplo, en este caso no estoy bajo una presión de falta de libertad política.

Esta línea de pensamiento me indica que me considero afectado por la coacción cuando mi incapacidad para conseguir una determinada cosa, obedece a una circunstancia de que determinados seres humanos me han hecho algo que me impide obtener un resultado.

En el primer caso explicado, sería que no puedo tener dinero para adquirir ese bien preciado, porque otros, me han afectado en mi libertad, de alguna manera,  que no puedo obtener estos recursos.

Vemos así que el uso del término depende de una teoría social y económica particular acerca del porque no tengo los recursos para adquirir estos bienes.

Vale la aclaración que si esta ausencia de recursos se debe a una cuestión física  o mental, desde el punto de vista de una discapacidad, solo puedo decir que he sido privado de libertad, si estoy de acuerdo con esta teoría.

Por el contrario si considero que me encuentro en estado de necesidad por culpa de una organización particular que considero injusta, podré entonces hablar de esclavitud u opresión económica.

Entonces podemos concluir que el criterio de opresión refiere al papel que juegan otras personas que directa o indirectamente, en forma intencional o sin quererlo, me impiden llevar a cabo mis deseos.

Compartimos entonces el criterio de que no ser libre, es ser importunado por otros, en el  espacio de interferencia de mi libertad.

Como lo destaca el escritor Mario Vargas Llosas, “La idea de libertad es la misma que, a partir del siglo XVIII, se harán en Europa los llamados liberales: la libertad es la soberanía de un individuo para decidir su vida sin presiones ni condicionamientos, en exclusiva función de su inteligencia y voluntad.”

Vemos así que existe una clara coincidencia con la definición de libertad negativa que nos da Berlin, al destacar que es la de estar libre de interferencias y coacciones para pensar, expresarse y actuar.

Lo que permanece en el corazón de los hombres sobre este pensamiento de libertad, es una clara desconfianza profunda de la autoridad, de los desafueros que puede cometer el poder, todo tipo de poder que afecta al ser humano en su libre determinación.

Estas definiciones estaban en relación con el pensamiento de los filósofos ingleses de la época, no obstante se producía un claro disentimiento sobre el alcance de esta definición.

Se debatía sobre cuan amplio puede o debe ser ese espacio de libertad, ellos suponían que en las circunstancias actuales, el mismo no podría ser ilimitado, porque si así fuera, ello produciría una situación en que los hombres llegarían a molestarse sin límite entre sí.

Concluían en que este tipo de libertad “natural”, inevitablemente conduciría a un caos social, en el que las necesidades mínimas de los hombres no podría ser totalmente satisfechas, y además, la situación de los hombres débiles se vería afectada, puesto qué, serían suprimidas por los mas fuertes.

Entonces, como vemos, estos pensadores al referirse a la libertad negativa, asumían que el ámbito de las acciones libres ejercidas por los hombres, deberían contar con un límite.

Este límite, era asumido que debía ser la ley, pero asumían dentro en línea con el pensamiento liberal de la época, entre los que mencionamos a Locke y Mill en Inglaterra, y Constant y Tocville en Francia, que indefectiblemente,  debía existir un cierto ámbito mínimo de libertad personal, que no podría ser violado bajo ningún concepto.

Si este espacio personal era violado, es decir se traspasaba al mismo, el individuo se encontraría encasillado en un espacio que le resultaría insuficiente para desarrollarse en el mínimo de sus posibilidades y facultades inherentes.

Por ello, se determina que es necesario trazar una línea fronteriza entre el ámbito de la vida privada y el de la autoridad pública.

Incluso quedaría por definirse y negociar, cual es el punto donde debe instalarse esa sutil separación de fronteras.

En su relación social, los hombres son muy interdependientes, y ninguna actividad desarrollada por él, tiene “carácter privado como para no obstaculizar en algún sentido la vida de los demás”.[3]

En otra visión desde la libertad del hombre y la “interferencia” que podría realizar el Estado, surge una pregunta ineludible sobre esta relación. ¿En que contexto de libertad y desarrollo humano se debe analizar esta interferencia del poder?.

En este sentido cuando analizamos el contexto de la vida del hombre nos cabe la reflexión sobre hasta donde se puede otorgar derechos políticos y protecciones frente a la intervención del Estado, cuando enfrente del mismo nos encontramos con personas carentes  de “protección social”.

Veamos así, la situación de aquellos hombres analfabetos, desnutridos, enfermos, sin elementos básicos de vivienda, educación  y salud, entre otras necesidades.

Estas personas carentes de los medios indispensables para vivir dignamente, necesitan mucho más que el incremento de su libertad personal, el otorgamiento de los medios que les permitan cubrir estas falencias que incluso atentan hasta contra su propia integridad y subsistencia.

El autor Isaiha Berlín, nos cita en forma muy clara una reflexión que hacemos nuestra y lo repotenciamos en toda su dimensión.

¿Qué es la libertad para aquellos que no pueden utilizarla?.Sin condiciones adecuadas para disfrutar la libertad, ¿Cuál es el valor?

En su visión, el mayor tormento de la conciencia de los seguidores de la doctrina liberal en occidente, no es que la libertad que persiguen los hombres difiera en relación con sus condiciones sociales o económicas, sino que la minoría que hoy la detenta la haya obtenido  a través de la explotación, o en su defecto, dando la espalda a la gran mayoría que no la puede disfrutar.

El pensamiento surge en la creencia de que, si la libertad individual es un fin último del ser humano, nadie puede privar a nadie de ella, y mucho menos disfrutarla a expensas de otros.

El razonamiento y significado que se imprime al término libertad es; no tratar a los demás como yo no querría que me trataran a mí; mantener presente en mí, la deuda que tengo con los que permitieron e hicieron posible mi libertad, prosperidad y cultura; la justicia en un amplio sentido universal .

Estos conceptos, que en definitiva son los fundamentos de la ética liberal, implican también que la libertad no es el único fin del hombre, resaltando su propia naturaleza de tener que vivir en sociedad, rodeado de sus iguales y semejantes.

En este contexto de limitaciones hacia el otro, el ideal, es que el hombre, ante este panorama otorgue parte de su libertad para que el otro la pueda disfrutar en el mismo nivel de beneficios.

Desde este punto de vista, debo sacrificar parte de la misma, en forma voluntaria y de buena gana, sabiendo que dejo en este accionar parte de mi libertad.

Pero todo ello lo hago, buscando la igualdad, tratando de evitar que mis semejantes sufran, permitiendo que se liberen de la miseria en que se encuentran, en algunos casos para permitir que yo me realice en un ámbito total de libertad.

Pero si este ámbito de libertad en la que me desenvuelvo, o toda mi clase o mi nación, se simienta en la miseria de mis semejantes, este sistema es injusto e inmoral.

Menciona Berlín que si el hombre reduce o pierde su libertad, con el objeto de atenuar la vergüenza ante tamaña desigualdad, y con ello, no aumenta sustantivamente la libertad individual de los otros, se produce una pérdida de libertad.

Es probable que la misma pueda ser compensada con una ganancia en mayor justicia, felicidad o paz interior del otorgante, pero ese esfuerzo queda.

Agrega que se confunden valores, cuando un manifiesta que “si tiro por la borda mi libertad individual,- liberal-, aumenta otro tipo de libertad-social- o –económica-.

Sin embargo, se mantiene el criterio de que a veces hay que recortar la libertad de unos para poder asegurar la libertad de otros.

Cabe entonces compartir con el autor la pregunta de , ¿sobre que  principios?.

Si la libertad es un valor sagrado e intocable, no puede haber tal principio. Por ello, se culmina que uno de estos dos principios o reglas en conflicto ha de prevalecer, al menos en la práctica.

De darse ello, no siempre se produce el hecho por razones que se puedan explicar con claridad y mecho menos generalizar en forma de reglas o máximas universales. En cualquier caso hay que arribar a un compromiso práctico.[4]

Sobre la propia naturaleza humana y la potencial armonía con los intereses humanos, los principales filósofos de la época, han mencionado que poseen la creencia de que la armonía social y el progreso son compatibles con el establecimiento de un amplio territorio, destinado a la vida privada.

En este espacio privado, el Estado tendría vedado el acero o cualquier otro tipo de autoridad ( Locke, Adam Smith, Mill).

En otra visión, Hobbes , y los que siguen este pensamiento, tales como los conservadores y reaccionarios, argumentan que para evitar que los hombres se destruyan y conviertan la vida social en una jungla o una selva, se deben instituir salvaguardas mayores para mantenerlos a raya.

Este pensamiento ambiciona aumentar el territorio sujeto a control centralizado y deducir el territorio sujeto al espacio del individuo.

Pero es importante destacar que ambos bandos están de acuerdo en que una parte indeterminada de la vida humana ha de permanecer independiente de la esfera de control social.

Por lo tanto invadir este vedado territorio, por lo mas mínimo que fuera, sería caer en el despotismo.

Vale en este punto resaltar el pensamiento de uno de los mas poderosos y enfáticos defensores de la libertad y la privacidad-Benjamin Constant-, quien no había olvidado la dictadura Jacobina y declaró la  siguiente idea.

Como mínimo, la libertad religiosa, de opinión, de expresión y la propiedad, debía estar protegidas frente a cualquiera invasión arbitraria.

En este marco de pensamiento surge siempre la idea de que debemos contar un ámbito mínimo de libertad personal para no degradar y desmentir la naturaleza misma.

Se concluye que el hombre no puede ser absolutamente libre, y que se tiene que ceder algo de la propia libertad para preservar el resto en ese estado.

Pero si nosotros la rendimos toda, ello es destruirnos a nosotros mismos, por ello nos vuelve a surgir un nuevo interrogante.¿Cual es el mínimo que debemos preservar?.

La respuesta sería, aquella parte de su libertad que el hombre no puede ceder sin ofender la esencia de la naturaleza humana.

Pero lo mas importante de todo este pensamiento es que cuando pensamos en que parte debemos preservar, la respuesta siempre nos tiene que llevar a decir que es la que nos permite quedar libres “de”.

Es decir estar libres de interferencias más allá de ciertas fronteras, variable pero reconocible.

Como cada hombre merece el derecho de buscar su propio bien, por su propio camino, y si la justicia exige que cada individuo disfrute de un mínimo de libertad.

Necesariamente ha de contenerse a los demás individuos, si ello fuera necesario, empleando la fuerza, para que nadie quede privado de ella.

Por ello, la función del derecho se reduce a la prevención del conflicto, el Estado, en este sistema queda reducido a una mera función de guardian de estas conductas.

Jonh Stuar Mill nos dice que a menos que se deje que cada individuo viva como quiera, en su propia conducta, la civilización no avanzará, no se realizarán intercambios de ideas, no existirá la originalidad, el genio, el coraje moral.

El nos menciona que de no producirse esta situación, la sociedad colectiva quedará abrumada por el peso de la mediocridad colectiva.

Todo aquello que sea diferente, valioso y distinto, será, sin dudas aplastado por la costumbre, por la tendencia que tiene el hombre de inclinarse por la conformidad.

Toda defensa entonces, de las libertades civiles y de los derechos individuales, y toda aquella protesta contra la explotación y la humillación, contra los abusos de la autoridad pública, contra la hipnosis de masas de las costumbres o contra la propaganda organizada, tiene su origen en esta muy discutida concepción individualista del hombre [5] .

Tenemos que señalar tres puntos referidos a esta posición. La primera de ella , J.S.Mill, confunde dos ideas distintas.

La primera de ella es que toda coacción, en tanto que frustra deseos humanos, es mala en cuanto tal, aunque, puede que tenga que ser aplicada para prevenir otros males mayores.

  Mientras que la no interferencia, que es lo opuesto de la coacción, es buena en cuanto tal, aunque no es lo único que es bueno. Esta es la concepción “negativa” de la libertad en su forma clásica.

La segunda idea es que los hombres deben intentar descubrir la verdad y desarrollar un cierto tipo de carácter- crítico, original, imaginativo, independiente, inconformista hasta el extremo de la excentricidad, etc.-, que la verdad pueda descubrirse y que éste tipo de carácter sólo puede engendrarse en condiciones de libertad.

El segundo punto , la doctrina de J.S. Mill, es relativamente moderna, parece que en el mundo antiguo no hay ninguna discusión sobre la libertad en tanto ideal político conciente( opuesto a la realizada existente).

El tercer punto de vista de esta idea de libertad mencionada, es la de la mayor importancia. Consiste ñeque la libertad, considerada en este sentido, no es incompatible con ciertos tipos de autocracia, o, en cualquier caso, con la ausencia de autogobierno.

La libertad en este sentido, tiene que ver con el territorio de control, y no con su origen.

Del mismo modo que una democracia puede privar al ciudadano individual de un gran número de libertades de las que podría disfrutar en otro tipo de sociedad, es perfectamente imaginable un déspota con espíritu liberal que concediera a su súbitos un gran espacio de libertad personal, coincide con el pensamiento de MIll.[6]

Pero es importante resaltar un aspecto que tiene que ver con la libertad desde el punto de vista del análisis encauzado.

La respuesta a la pregunta “¿quien me gobierna?”, es lógicamente diferente de la que responde a la pregunta, “¿hasta que punto sufro la interferencia del gobierno?”.

En esta diferencia es en la que se funda en último término la clara oposición que hay entre los conceptos de libertad positiva y negativa.

El sentido positivo de libertad no queda iluminado cuando respondo  a la pregunta “¿qué soy libre de hacer o ser?”, sino cuando respondo a las preguntas “¿por quien soy gobernado?” o, “¿quien me dice lo que tengo que hacer y dejar de hacer?”.

La conexión que existe entre la democracia y la libertad individual es muchos más tenue de lo que les parece a muchos defensores de ambas.[7]

Resaltamos aquí que el deseo de ser gobernado por uno mismo, o de participar en el proceso por el que se controlará mi vida, puede ser tan importante y profundo como el deseo de tener un territorio de acción libre e incluso más antiguo.

Aunque ello no es el deseo de la misma cosa.

Es esta idea o concepción positiva de la libertad –no estar libre de algo, sino ser libre para algo, para conducir una forma de vida determinada-la que los defensores del concepto “negativo de libertad” representan a veces , como un gran velo que disfraza y esconde a la más brutal de las tiranías.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V)EL CONCEPTO DE LIBERTAD POSITIVA

Relatada la parte pertinente a la libertad negativa, nos queda por analizar el concepto referido a la libertad positiva.

El sentido “positivo” de la palabra “libertad” se deriva del deseo por parte del individuo de ser su propio dueño, es decir que el pueda manejar sus decisiones, sus proyectos, sus movimientos, etc.

El hombre en su convencimiento desea que su vida y decisiones dependan de si mismo, y no de fuerzas exteriores, tengan el origen que tengan.

En su pensamiento el hombre aspira a ser un sujeto y no un objeto, es decir ser el instrumento de sus propios actos  voluntarios, que no deba actuar por fuerzas extrañas a mi, fuerzas que provengan desde afuera.

Este pensamiento busca impactar en el medio social en el que el hombre interactúa, donde pretende que nadie decida por él, no ser un esclavo , un animal, una cosa.

Poder ser uno mismo, dirigirme a mi mismo, y no ser manejado como una cosa por fuerzas externas a mí.

Como lo dice Berlin, “ La libertad que se funda en que uno sea su propio amo, y la libertad que se funda en que otros hombres no impidan a uno elegir, pudieran parecer, a primera vista, conceptos que no distan lógicamente mucho el uno del otro, y que no más que las forma positivas y negativas de decir la misma cosa.

Sin embargo, los conceptos “positivos” y “negativos” de libertad se desarrollaron históricamente en sentidos divergentes, no siempre de forma lógica, hasta que, al final entraron en conflicto directo.[8]

Es decir referido al “yo” del individuo, donde se plantea la existencia de un “yo” que domina y , por otra una parte de si mismo que no se separa de ese “yo” dominante.

Esta situación de los dos yoes, en muchos casos se presenta como una situación dividida, donde el “yo” puede concebirse y aceptarse con un alcance que va mas allá del propio individuo.

Es decir que este alcance , incluso alcanza a hasta toda una “totalidad” social de la que ese individuo forma parte; una tribu, una iglesia, un sociedad.

Este “yo” impone su voluntad única, sobre los miembros donde se desenvuelve, sobre todos sus miembros.

Ello no lleva a pensar que reconocemos que es posible , y a veces, justificable, coaccionar a determinados hombres en nombre de algún fín / ej. Salud, justicia), fín que sería buscados por ellos si fueran más cultos.

Pero esta búsqueda no se produce por ceguera, ignorancia, o en algunos casos, por actos de corrupción.

Esta situación me conduce  a pensar que puedo coaccioar a los demás en su propio interés, no en el mío.

Se produce así, una afirmación que desemboca en que , conozco más que ellos mismos cuales son sus verdaderas necesidades.

En un pensamiento final, puedo decir que estas personas no se negaría a obedecerme si fueran tan racionales y sabios como “yo”, y si interpretaran y comprendieran sus propios intereses como yo lo hago.

En este órden de pensamiento, puedo profundizar esta situación, diciendo que en su propio interior, el yo interno, es tan pobre que no puede o no sabe nada o muy poco, y ese espíritu pobre, es el único “yo” que merece que sus deseos sean tomados en cuenta.

Si tomo este punto de vista y lo adopto, puedo llegar a una situación en que ignoro los deseos expresos de hombre  y sociedades, de intimidarlos, de oprimirlos y torturarlos en nombre de sus verdaderos “yoes” y por su exclusivo bien.

Se abre también dos líneas de pensamiento sobre la coacción, por un lado yo puedo decir que puedo ser coaccionado por mi propio bien, porque no tengo la visión para darme cuenta  de ello.

Otra situación es cuando puedo decir que, puesto que es mi bien, no estoy siendo coaccionado, que lo habría deseado, lo sepa o no, y que soy libre aunque mi cuerpo terrenal y mi espíritu lo rechacen amargamente y luchen contra ello.[9]

La concepción “positiva” de libertad como autodominio,  con la idea de que existe un hombre dividido en lucha consigo mismo, lleva a pensar sobre la fragmentación en dos de la personalidad; el controlador trascedental, dominante , y el manojo empírico de deseos y pasiones que hay que disciplinar y  hundir.

Vemos entonces que las concepciones de la libertad, derivan directamente de la visión que se tenga de lo que significa un “yo”, una persona, es decir un hombre.

Si se puede manipular la definición de hombre, no existen dudas que podrá hacerse que la libertad sea lo que quiera el manipulador, siguiendo a sus pretensiones y fines determinados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VI) UNA VISION DE LA LIBERTAD

El hombre cuando obra siempre considerando que es libre, todo ello porque, el deber, la ley moral , implica la libertad.

Dentro del mundo que Kant considera que podemos conocer, el mundo fenoménico, todo lo que sucede está rigurosamente determinado por la ley de causalidad.

Es decir que no hay ningún hecho que no tenga su causa de origen, la cual a su vez tiene la suya, y así al infinito.

Si hablamos de hechos naturales, ellos no tienen un origen moral, como sería por ejemplo el caso de un terremoto, en si mismo , no es moralmente bueno ni malo.

Pero si el hecho lo realiza el hombre, ya estamos en presencia de un acto que es analizada por la conciencia moral, un hecho de la razón.

El hecho del deber, como lo señala Carpio[10], indica que el hombre no se agota en su aspecto natural, sensible, por el contrario, la conciencia moral, incompatible con el determinismo, exige suponer que en el hombre hay, además un aspecto inteligible, donde no rige el determinismo natural, sino la libertad.

Esta, menciona Carpio, es la única manera de comprender la presencia en nosotros del deber, pues solo tiene sentido hablar de actor morales (buenos o malos) si se supone que el hombre es libre.

Es comprensible que el hombre no pueda conocer que es libre, pero nada le impide pensarlo, según lo ha indicado la tercera antinomia.

Entonces decimos que no se trata de  que no se conozca l alibertad, sino de que para comprender el hecho de la conciencia moral, es preciso postular la libertad, esto es, que de alguna manera que no podemos explicar, somos capaces de obrar de modo de iniciar radicalmente una nueva cadena causal, sin estar determinados a ellos.

La libertad, es, una suposición necesaria para pensar el hecho de la conciencia moral.

Por ello siempre que hablamos de conciencia moral o hacemos juicios morales, tácitamente suponemos la libertad.

Parafraseando a Kant, decimos, que la libertad es sin duda la ratio essendi de la ley moral, pero la ley moral es la ratio cognoscendi de la libertad

Es decir que la ley moral es la razón de que “sepamos” de la libertad , así como la libertad es la razón o fundamento de que haya ley moral, su condición es la posibilidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VII) UNA VISION PRAGMATIVA DE LA REALIDAD Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL

            En nuestra vida cotidiana nos chocamos en forma permanente con una realidad que nos plantea una concepción diferente de la libertad.

            En cada una de las interrelaciones vemos que los derechos que establece la Carta Magna, que organiza nuestra forma de vida en la sociedad es pisoteada e ignorada por parte de aquellos, que en algunos casos ejercen un poder legítimo, y otros casos por personas que ejercen un poder físico.

            Cuando estudiamos los preceptos que establece nuestra constitución, vemos que allí, se consignan derechos de propiedad, a la vida privada , al trabajo, de poder transitar libremente, expresar sus ideas sin censura previa, ser juzgado por leyes existentes , etc.

            Es decir que nuestra constitución nos permite hacer todo aquello que de ninguna manera afecte a terceros ni ofenda la moral pública., y de por sí nos otorga un derecho y restringe el accionar de los demás hacia mi libertad.

            El artículo 19 de la Constitución Nacional nos dice que las “acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a DIOS, y exentas de la autoridad de los magistrados.

            Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe”.

            Entonces colisiona esta protección y otorgamiento de derechos, con nuestra realidad cotidiana de privación de los derechos personales.

            Nos cabe aquí preguntarnos : ¿Qué derecho asiste a la clase dirigente de nuestro país al establecer normas que benefician a determinados sectores en detrimento de la mayoría ciudadana?

¿Qué derecho asiste a aquellos que en virtud de su protesta cercenan nuestros derechos constitucionales , como el mencionado artículo 19?

En otra visión, que  respuesta debemos darles a aquellos que perdieron sus ahorros de años, por una medida tomada desde el gobierno nacional, que con un decreto , elimina el derecho de propiedad protegido por la Constitución Nacional.

Estos interrogantes nos abren la inquietud sobre la existencia y aplicación de la libertad positiva y negativa.

Donde se encuentra el límite que separa esta línea delgada de dejar un mínimo de libertad individual en poder de un Estado que dirija los destinos de toda una ciudadanía.

Estimamos que en las actuales circunstancias sociales de los países pobres, como los de la República Argentina, se produce una lucha entre sectores que dejan un espacio su libertad privada en manos de otros que sin respetarla, aplican una presión forzosa sobre ella.

En la actualidad, si bien el Estado en forma directa no interfiere en mi libertad, a través de la acción, lo hace en forma indirecta a través de la inacción.

Como nivelador de libertades, en un acción de conveniencia de carácter político , permite que aquellos, que ejercen un derecho , como lo es el de peticionar, superen la línea delgada de mi libertad y la invadan.

La libertad negativa nos indica sobre el hecho de que el individuo pueda actuar sin ningún tipo de interferencia.

Que en su accionar pueda lograr sus propios objetivos porque ellos sean posibles, que puedan superar la propia marginalidad atendiendo a su sola voluntad.Aquí nos detenemos.

El individuo que impide ejercer mi libertad , que me priva a través de una clara interferencia de mi acción, ejerce sobre mi un claro impedimento.

Por otra parte ese individuo que interfiere en mi vida, no puede lograr sus objetivos por causas ajenas a su voluntad, y también es interferido.

Decimos que se lo interfiere, porque su impedimento es no poder lograr sus objetivos por causas ajenas a su voluntad, a sus intenciones, no puede obtener el pan para su alimento por otras razones diferentes a su intención y acción.

Entonces colisionan dos libertades, y la pregunta que nos queda a lo largo de este trabajo, es:

¿Cuál es el limite que debe existir entre mi libertad y la del otro?

¿Es el estado quien debe limitar estas interferencias?

Inquietudes , interrogantes y planteamientos , son los que a lo largo de toda la vida nos acompañan, y es aquí, donde consideramos que el fundamento filosófico del derecho constitucional , nos tiene que nivelar y sacar de la nebulosa de la ignorancia.

El hombre en su pensamiento de libertad positiva o negativa en si mismo no podrá superar la ignorancia del límite sutil entre ambas libertades.

En esta acción, es donde también la Constitución nos enseña que el pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes.

Por ello, estimamos que los hombres que tenemos el poder-por ser parte del pueblo-, debemos exigir, que esta línea , delgada y frágil, no solo este bien delimitada, sino, que a través de la actuación con justicia y equidad del gobierno del pueblo, incluso no llegue ni a ser necesaria.

Por otra parte sabemos que el poder estatal radica en la determinación libre y autónoma de los individuos, que se unen a otros para formar un cuerpo político.

Todos los miembros que han pactado para conformar la sociedad, que han renunciado a sus poderes individuales para actuar como unidad política en un solo organismo.

Que a través de la invención política de la sociedad, que no deja de ser una creación de la humanidad para protegerse y de cierta manera sujetarse a un poder mayor para poder disfrutar su “libertad” en “libertad”, exigen el respeto de la razón de su creación.

Este pacto inicial que transformó una multitud en un pueblo, o sociedad civil, que luego, crea un gobierno y se sujeta a él, no reconoce más que el derecho de usufructuar los beneficios para el que fue creado.

Por ello, reiteramos, que el hombre, requiere como ideal actual, en el día a día, poder actuar en “libertad” y disfrutar de su “libertad”, y es en esa idea, que el Estado, debe cumplir sus fines, y marcar profundamente , exigiendo el máximo respeto, de la delgada línea de la libertad, con la mas preciada herramienta que posee.

LA CONSTITUCION NACIONAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BIBLIOGRAFIA CONSULTADA

 

1-     Adolfo P . Carpio. Principios de la filosofía-Edit. Glauco.

 

2-     Isaiah Berlin. Dos conceptos de libertad-Edit. Alianza Editorial

 

3-     Hill Kymlicka.Filosofía política contemporánea

 

 

4-     John Rawls. Teoría de la justicia.Fondo de Cultura Económica

 

5-     Constitución Nacional de la república Argentina

 

 

6-     Jon Elster y Rune Slagstad .Constitucionalismo y democracia.



[1] Philip Pettit.Republicanismo. Una teoría sobre la libertad y el gobierno.Paidos.

[2] Isaiah Berlin.Dos conceptos de libertad.El libro de bolsillo.Alianza Editorial

[3] Obra citada en 2 pag 50

[4] Obra citada en 2

[5] Obra citada en 2

[6] Obra cit.2

[7] Obra cit.2

[8] Obra citada en 2

[9] Obra citada en 2

 

[10] Adolfo P. Carpio.Principios de Filosfía.Edit. Glauco